Solicitud de subvención para la instalación de ascensores.
Documentación necesaria y trámites.
Una vez finalizada la instalación del ascensor, los propietarios o comunidades de propietarios de edificios de viviendas disponen de un plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de asignación del número de registro de aparatos elevadores (RAE), para solicitar la subvención prevista presentando la siguiente documentación:
- Declaración expresa y responsable de otras subvenciones solicitadas y/o concedidas.
- En caso de propietarios de edificios en régimen de arrendamiento o propiedad vertical, acreditación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social (salvo las comunidades de propietarios en calidad de promotores y beneficiarios de las ayudas).
- Fotocopias compulsadas de las escrituras de propiedad o certificados o notas simples del Registro de la Propiedad, o resoluciones judiciales firmes, testamentos u otros documentos públicos que acrediten la titularidad del edificio o de las viviendas del mismo.
- Relación de propietarios de las viviendas y locales del edificio, indicando número, superficies y coeficientes de participación, así como los compromisos asumidos por cada miembro de la comunidad.
- Certificado de final de obra de instalación del ascensor debidamente visado por el Colegio Profesional correspondiente.
- Licencia urbanística correspondiente a la ejecución de la obra de instalación del ascensor.
- Documento acreditativo de la asignación de número de registro de aparatos elevadores (RAE) de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid.
- En el caso de no haber solicitado la calificación de actuación protegible de la instalación del ascensor, la documentación que debe presentarse para solicitarla.
La Comunidad de Madrid tiene un plazo máximo de seis meses para conceder la solicitud, a la vista de la documentación presentada. Transcurrido este plazo sin notificación expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
Existen dos modelos de solicitud en función de que el edificio esté ubicado, o no, dentro de un ámbito de rehabilitación integrada (Zonas de Rehabilitación Integrada, Áreas de Rehabilitación Integrada, Áreas de Rehabilitación de Centro Histórico).